
Discapacidad: promueven en la Legislatura un importante beneficio en el otorgamiento de pensiones

“El Estado, en todos sus niveles, posee una obligación indelegable de generar condiciones que aseguren la equiparación de oportunidades y disminuyan las desigualdades que la discapacidad produce. Esta responsabilidad se sustenta en el principio rector del sistema internacional de derechos humanos, que exige una protección reforzada para los grupos en situación de vulneración”.
La autora de esa fundamentación es Lorena Mandagarán, quien a pocos días de terminar su mandato como senadora bonaerense presentó la iniciativa para que tome estado parlamentario.
En tal sentido, Mandagarán manifestó que “toda autoridad pública debe ajustar su accionar a la Constitución, a la ley y a los tratados internacionales con jerarquía constitucional”.
En el marco del orden constitucional–convencional argentino, la ahora exlegisladora destacó que “las provincias deben adecuar su legislación a los derechos reconocidos por los instrumentos internacionales de derechos humanos; entre ellos, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Argentina mediante la Ley 26.378 en 2008, que obliga al Estado a adoptar todas las medidas legislativas necesarias para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad”.
“La vida independiente, eje vertebral de la Convención, solo es posible si se eliminan las barreras que impiden el goce de los derechos. Entre estas, las
barreras económicas ocupan un lugar central”, agregó.
Seguidamente, Mandagarán indicó que “la relación entre discapacidad y economía es compleja: las personas con discapacidad suelen enfrentar mayores dificultades para acceder y sostener un trabajo, perciben menores ingresos y presentan tasas de inactividad laboral muy superiores al promedio”.
“A ello se suman costos específicos elevados, vinculados a tratamientos de salud, medicación, transporte, apoyos educativos y dispositivos indispensables para la vida diaria. En la actualidad, la crisis del sector —producto de aranceles desactualizados y falta de recursos— agrava aún más esta situación”, fundamentó.
A su vez, Mandagarán analizó que, en este contexto, “la legislación vigente impide que quienes cuentan con una jubilación por invalidez puedan, al mismo tiempo, percibir una pensión derivada por fallecimiento de un familiar. Esta restricción afecta especialmente a las personas con discapacidad, ya que la jubilación suele calcularse sobre escalas salariales bajas debido a las dificultades laborales que atraviesan”.
“La imposibilidad de acceder a una pensión supone, por lo tanto, la pérdida de un ingreso fundamental para afrontar los altos costos que la discapacidad implica”, concluyó la exsenadora bonaerense.

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