Condenaron a dirigente Scout por el abuso sexual a una nena de su agrupación

La víctima tenía 13 años al momento de los ultrajes. Era una de sus “dirigidas”. La defensa había alegado que la inmadurez sexual no estaba probada: la menor había tenido relaciones con seis novios, cinco de ellos mayores de edad.

POLICIALES 08/08/2023
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Un renombrado dirigente Scout perteneciente a una parroquia católica fue condenado a la pena de ocho años de cárcel por aprovecharse de “la inmadurez sexual” de una menor de edad que formaba parte de su grupo. 
Según los jueces del Tribunal Oral Criminal (TOC) I de La Plata, los ultrajes se extendieron durante cuatro años. Y durante ese lapso, el imputado tenía amenazada a la menor de 13 años para que no lo denunciara.

La sentencia por “estupro agravado por ser el encargado de la guarda” recayó sobre Fernando Ismael Savietto (52), quien se encuentra detenido desde 2018. La condición de guarda fue acreditada a través del vínculo que mantenían el acusado como dirigente Scout y la víctima, como su dirigida. 

Tal como adelantó Capital 24, el fiscal de juicio Mariano Sibuet había pedido una pena de diez años de cárcel. Mientras que el abogado de la víctima, Daniel Mazzochini, requirió la pena de diecisiete años de prisión por el delito de "abuso sexual con acceso carnal". 

En su denuncia, la entonces adolescente aseguró que fue obligada a mantener relaciones sexuales bajo amenazas. Los ultrajes de acuerdo al fallo condenatorio se produjeron en la camioneta y en la casaquinta de Savietto, ubicada en la localidad de Saladillo, perteneciente al Departamento Judicial de La Plata.

Durante el juicio, Savietto admitió la relación que mantuvo con la menor a la que le lleva más de treinta años de diferencia etaria, pero argumentó que las relaciones sexuales fueron consentidas. 

El defensor particular, Germán Oviedo, entregó un video en el que, a su criterio, se observa a la menor “teniendo el control del acto sexual”. El letrado apelará la sentencia ante la Casación bonaerense.

La víctima declaró en el juicio y dijo que se animó a contar lo que le pasaba recién en el año 2018. "Desde 2013 a 2018 fueron un montón de amenazas constantes, en las redes. No aguantaba más, me estaba volviendo loca, no sabía para donde salir. Se me iba la cabeza, quería ver la forma en que se muera, tenía mucho odio, bronca y asco. Yo andaba con un chico, (…), le conté lo que andaba pasando, y ahí hablamos con una policía que conocíamos, (…), para que nos asesore".

La chica también declaró que a "Savietto lo considero horroroso, lo odio con toda mi alma y espero que se muera antes de que salga de la cárcel. Saladillo es un lugar chico, cuando estuvo en libertad el salía a los bares, y yo tenía que andar con el papel de la perimetral. Adentro de la cárcel tiene celular. Conmigo no se comunicó, pero hay chicos que lo siguen en Instagram".

Durante la instrucción, la justicia allanó la casa del acusado. Secuestraron un preservativo usado de vieja data y "objetos sexuales, algunos de los cuales poseen referencias gráficas a actos sexuales mantenidos con la menor víctima".

Ella 13 años, él 47: “Se hace cargo de la relación, pero no se arrepiente” 
 Las pericias psicológicas y psiquiátricas a Savietto fueron determinantes: "No tenía sentimientos de culpa o angustia por el hecho que se le imputaba, porque tenía una actitud exculpatoria. Hablaba de una relación consentida (…). Él se hace cargo de la relación, desde el lugar de la asimetría por la edad de la menor, pero no se arrepiente".

Otra de las pericias indica que "Savietto describe con lujo de detalles el vínculo que mantuvo con la persona víctima menor de edad, como un vínculo simétrico, reconociéndolo como un vínculo de amor, una relación afectuosa como de pares". La menor tenía 13 años, él, 47, al inicio de los hechos que fueron juzgados. Esa diferencia de edad fue computada como un agravante de la condena. Para el Tribunal "la asimetría de edad por ese entonces entre el imputado y la víctima era exorbitante".

 “Se aprovechó de su inmadurez sexual para someterla”
 Los jueces del TOC I de La Plata, Ramiro Fernández Lorenzo, Hernán Decastelli y Cecilia Sanucci concluyeron que no se trató de un caso de violación sino de un estupro, es decir, el ahora condenado se aprovechó de la inmadurez sexual de la joven para someterla a sus más bajos instintos.

El estupro es "aprovecharse de la inmadurez sexual de un menor entre los 13 y los 16 años, donde se seduce a la víctima y donde no hay una relación sexual forzada, sino consentida, pero en un consentimiento que la ley estima completamente viciado. Se entiende que entre los 13 y los 16 años la persona no es lo suficiente madura como para entender los alcances de una relación sexual con un hombre mayor de edad".

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