
La justicia de La Plata respaldó a docentes de la UNLP en su reclamo contra el impuesto a las ganancias

En una esperada resolución por parte del cuerpo de profesores universitarios, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó una decisión de primera instancia y reconoció la legitimidad de la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de La Plata (ADULP) para litigar en forma colectiva contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias a los salarios de los profesores de la UNLP, establecida en la Ley 27.743.
En el fallo al que tuvo acceso Capital 24, los magistrados de la Sala III; César Álvarez y Roberto Lemos Arias, señalaron que el reclamo encuadra en la defensa de “derechos de incidencia colectiva” y ordenaron continuar con el proceso.
El expediente fue impulsado por el secretario general de ADULP, Octavio Miloni, quien requirió la declaración de inconstitucionalidad del Título V de la ley 27.743, conocido como “Paquete Fiscal”, por considerar que viola principios constitucionales como la igualdad en las cargas públicas y el derecho a una vivienda digna, entre otros.
En el dictamen, la Cámara Federal de La Plata, aseveró que “existe una homogeneidad fáctica y normativa” que justifica la tramitación de un único juicio con efectos expansivos, ya que el interés individual de cada docente “no justifica la promoción de una demanda” por separado.
Los jueces argumentaron que el gremio cuenta con la personería necesaria para representar al colectivo afectado, en virtud de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551 y su estatuto.
El fallo cita diversa jurisprudencia y doctrina como los precedentes de la Corte Suprema, en particular el caso “Halabi”, que establece los requisitos para las acciones colectivas.
Al respecto, los camaristas remarcaron la necesidad de evitar la multiplicación de procesos similares y garantizar el acceso a la justicia.
El caso arribó a la Cámara Federal de La Plata luego de que, en primera instancia, el juez Alberto Recondo había rechazado la acción por considerar que ADULP carecía de legitimación para representar intereses individuales de sus afiliados.
No obstante, los camaristas revocaron ahora ese criterio, ordenando al juez Recondo, como magistrado de grado, que, antes de proseguir, consulte el Registro de Acciones Colectivas para verificar si existen causas similares en trámite, tal como lo establecen las acordadas 32/2014 y 12/2016 de la Corte Suprema.
La resolución, en su conjunto, simboliza un avance significativo para el reclamo docente de la UNLP, que cuestiona no solo el fondo de la reforma tributaria, sino también la forma en que fue sancionada la ley.
A partir de hoy, el expediente volverá al juzgado de primera instancia para proseguir con su trámite, esta vez, bajo el régimen de proceso colectivo avalado por la Cámara Federal de La Plata.
En su reclamo, la entidad sindical había fundamentado que la norma establecida impugna cuestiones de fondo, como la violación a la igualdad de las cargas públicas, y de forma, en cuanto al proceso de formación de la Ley Nº 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
En lo que respecta al primero de los puntos, se destaca el carácter alimentario del salario, el estancamiento del mismo en las Universidades Nacionales y la diferencia con los aumentos de las canastas básicas y los servicios públicos.
También se puntualizó como incongruente que se graven los salarios de los docentes que representan y, paralelamente, se establezca un régimen especial para blanquear patrimonios sin tributar; teniendo en cuenta que la Constitución declara que “la igualdad es la base de las cargas públicas”.

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