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A 32 años de la masacre, un juzgado civil de nuestra ciudad dispuso el destino de los bienes a familiares lejanos o colaterales. La casona, los autos y el arma homicida, la escopeta española Sarrasqueta. El odontólogo, en vida, ya había quedado afuera de la sucesión.
REGIÓN 10/01/2025La justicia en lo civil y comercial de La Plata finalmente se expidió sobre la sucesión de los bienes y propiedades del cuádruple homicida Ricardo Alberto Barreda, condenado a prisión perpetua por asesinar a escopetazos en su casona de calle 48 entre 11 y 12 a sus dos hijas, su esposa y suegra. La tarea consistió en definir los herederos más allá de quienes reclamaron en tiempo y forma, quienes nunca lo hicieron, dirimiendo a quienes legalmente les corresponde.
Sin duda, un capítulo más en esta truculenta trama, una de las más sórdidas en la historia criminal de nuestro país. Precisamente, mucho se habló en estos más de 32 años transcurridos desde la masacre sobre el destino de la casona donde Barreda mató a su esposa, dos hijas y suegra, también por otra propiedad de la costa y diversos bienes.
Todo eso se tramitó en una intrincada madeja sucesoria ante el juzgado en lo civil y comercial N° 17 de La Plata, que ayer dio a conocer una declaratoria de herederos, con una ampliación que fijó el corolario de ese complejo proceso judicial. La resolución lleva la firma de la titular de ese juzgado, la jueza Sandra Nilda Grahl.
A diferencia de otros litigios similares, en este caso, los “legítimos” herederos de los mentados “bienes de familia” son parientes lejanos del condenado y de las víctimas. De hecho, en el expediente quedó plasmado que hubo varios familiares que no se presentaron a reclamar, como la línea parental ligada a las abuelas. De allí que los derechos de representación y renuncia influyeron en la composición final de los herederos, según se informó en tribunales.
En un tramo del resolutorio, la magistrada Grahl tuvo en cuenta “particularidades únicas”, como la simultaneidad de los fallecimientos y la aplicación del Código Civil de 1980, vigente al momento del hecho.
En rigor, la jueza ponderó la llamada teoría de la conmoriencia, que supone que todas las víctimas fallecieron al mismo tiempo. De ese modo, se deniega todo derecho hereditario entre ellos.
Tal como reflejó Capital 24 en su momento, Barreda ya había sido declarado, en vida, “indigno” de heredar cualquier bien de su esposa, hijas o suegra, dejando al resto de los familiares la posibilidad de reclamar.
Otro de los bienes en pugna es el “arma homicida”. La suegra del cuádruple homicida, Elena Arreche, fue quien le había regalado a Barreda la escopeta española marca Víctor Sarrasqueta.
Ayer, desde el fuero civil de nuestra ciudad se puntualizó que en términos hereditarios los bienes en litigio, pasen a sus sobrinos. En el caso de la esposa de Barreda, Gladys Mac Donald, los familiares también cedieron el patrimonio a los parientes colaterales de su madre, Elena Arreche. Además, la simultaneidad de las muertes, confirmada por la teoría de la conmoriencia, implicó que ni las hijas de Gladys Mac Donald ni su madre pudieron ser consideradas herederas entre sí. Esa circunstancia fáctica derivó en que los primos hermanos de Mac Donald asumieran los derechos sobre sus bienes.
Asimismo, como Adriana y Cecilia Barreda, las hijas de Barreda no poseían descendencia al momento de sus homicidios, entonces sus bienes se distribuyeron entre sus tías abuelas, quienes inicialmente figuraban como herederas directas.
Pero a la vez, las tías abuelas incurrieron en la renuncia tácita de la herencia, a partir del incumplimiento del plazo legal de 20 años para reclamarla. Se sabe que los plazos en el fuero civil son determinantes. Eso también llevó a que los bienes tuvieran como destino familiares lejanos.
El punto nodal del fallo fue la mencionada “declaración de indignidad” de Barreda para heredar los bienes de su esposa, hijas y suegra. Este dictamen emitido en 2014 excluyó al cuádruple homicida de la herencia.
De acuerdo a la normativa procesal civil, el argumento de entonces fue contundente: la “indignidad” se basó en que, a pesar del vínculo familiar, Barreda fue el responsable directo de las muertes, condición que lo descalificaba como heredero.
El próximo paso en el expediente será la inscripción de los bienes heredados. Eso posibilitará a los ahora declarados herederos disponer de los inmuebles y activos que en vida pertenecieron a las víctimas.
De acuerdo a las constancias judiciales, la sucesión para cada uno de los fallecidos fue, de Elena Arreche, sus herederos son sus sobrinos Irma Luisa Fernández Arreche, Dora Elena Julián Arreche, y Hugo Enrique Fernández Arreche, este último en representación de su madre prefallecida, Juana María Arreche.
Con respecto a Gladys Elena Margarita Mac Donald, sus herederos son sus primos hermanos Hugo Enrique Fernández Arreche, Irma Luisa Fernández Arreche y Dora Elena Julián Arreche.
De Adriana Barreda, una de las hijas del odontólogo, sus herederas son sus tías abuelas Graciana Nélida Arreche y Luisa Isabel Arreche.
Y de la otra hija del cuádruple homicida, Cecilia Barreda, sus herederas son sus tías abuelas Graciana Nélida Arreche y Luisa Isabel Arreche.
De este modo, la vía civil definió el listado final de herederos. Para el expediente penal, el mismo que culminó en el célebre e histórico juicio oral en el que Barreda fue condenado a la pena de prisión perpetua, muchos de esos herederos resultan casi desconocidos. Algunos de ellos fueron testigos en la causa o en las audiencias de debate. Ninguno con un papel protagónico en la dilucidación del caso. Tampoco en el historial del cuádruple homicida.
Barreda, cuando estuvo a punto de salir del presidio, estando en libertad condicional, o conviviendo con su novia, la recordada “Pochi” Berta André había intentado reclamar por la casona de 48 donde el 15 de noviembre de 1992 masacró a su familia. Eso llevó a que se impulsaran ciertos movimientos y presentaciones en la causa civil a los fines del trámite sucesorio.
En la actualidad, la céntrica casona, escenario del cuádruple crimen, se mantiene cerrada y abandonada. Los denominados herederos legítimos tampoco han recibido compensación alguna por su expropiación. A pesar de que la Ley 14.431, que ordenó el proceso expropiatorio, fue sancionada en 2012 y el trámite iniciado en 2017, las actuaciones no han tenido otros movimientos. En un momento se propuso en debates legislativos que la casona pase a formar parte del patrimonio edilicio de la ciudad, con un claro mensaje contra la violencia de género. Incluso, en el medio aparecieron ciertos intereses, desde otros ámbitos empresariales, para convertir a la casa en una especie de boliche o bar temático, vinculado a la resignificación que en su momento tuvo Barreda en la sociedad platense, entre palmarios rechazos e insólitas adhesiones, tanto a nivel de los dos clubes más populares de la ciudad como de la comunidad estudiantil universitaria, donde el odontólogo cursó varias materias de Derecho.
Como se recordará, en plena Pandemia de Coronavirus, el odontólogo murió el 25 de mayo de 2020 en la residencia geriátrica Del Rosario de la ciudad bonaerense de José C. Paz.
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A partir de un convenio, se realizarán actividades de formación práctica en atención primaria de la salud en el marco de la Carrera de Especialización en Medicina Interna. “Es un honor que graduados de esta prestigiosa facultad aporten sus conocimientos para cuidar la salud de los vecinos”, dijo el Intendente Julio Alak.
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