Fiscales y forenses de la Provincia comienzan a usar la “virtopsia” para analizar cadáveres

El procurador de la Suprema Corte firmó la resolución para que se utilice esa técnica de necropsia. Había sido solicitada por organismos como la AMIA y a DAIA en expedientes judiciales donde deben peritarse cuerpos respetando principios religiosos a través de métodos no invasivos y así poder determinar la causal de la muerte.

REGIÓN 13/12/2024
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“Los forenses son los ojos del fiscal y del juez” es el refrán que suele repetirse en los estrados judiciales. Y algo de cierto hay en esos ámbitos científicos donde el magistrado no puede llegar con pleno contacto y conocimiento. Precisamente, desde ahora fiscales y forenses de la provincia de Buenos Aires deberán utilizar una novedosa técnica para determinar causales de muerte evitando métodos invasivos. 

Sin cortes en piel, huesos o articulaciones, la justicia bonaerense comenzará a emplear la técnica de la “virtopsia”, un método alternativo a la autopsia que incluye avances médicos en materia de diagnóstico por imágenes para la ejecución de necropsia a los cadáveres de personas cuyas religiones y culturas proclaman la incolumidad del cuerpo aun después de muerto.

Así lo dispuso ayer el Procurador General de la Suprema Corte, Julio Conte Grand, desde su despacho de Avenida 13, 47 y 48 de La Plata, al expedirse en un reclamo formulado por instituciones y organizaciones no gubernamentales, como la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA). 

Esas actuaciones habían comenzado a tramitar ante el “jefe de los fiscales bonaerenses” en mayo de 2023 en el marco de un convenio de colaboración institucional. Y vino a solucionar una lluvia de amparos y recursos que suelen devenir, siempre con motivos religiosos o culturales, en momentos críticos de los procesos criminales, donde debe analizarse el origen de un óbito, sea accidental o doloso. 

La resolución rubricada por Conte Grand tiene el Nº 1498/24 y pone en marcha el protocolo de actuación para el uso de la metodología forense, que está compuesta por una serie de procedimientos que utilizan la tecnología de diagnóstico por imágenes, tales como tomografías computadas multicorte y la resonancia magnética.

En ese documento se indica que “este método evita afectar principios religiosos y culturales como los establecidos en el Tanaj, cuando el caso en particular así lo permite y a pedido de los familiares de la víctima o sus representantes”. 

También señala la resolución que la virtopsia se concretará “siempre en la medida en que sea habilitado el procedimiento por parte de las autoridades judiciales actuantes y se halle disponible la aparatología necesaria, como así también se cuente con los profesionales idóneos para su ejecución e interpretación”.

En su conjunto, la singular técnica de avanzada tiene como objetivo establecer un examen anatómico forense completo. Más allá de dejar de lado la autopsia tradicional, el novedoso método propicia la posibilidad de aportar datos reales y tridimensionales de las superficies y estructuras internas corporales, con el fin de dotar de certeza al informe pericial. 

Desde la Procuración se indicó en un comunicado que el uso de la virtopsia “no presupone eliminar la operación de autopsia tradicional en los casos en que lo considere necesario el agente fiscal interviniente”.

En rigor, el método aplicado en un expediente judicial procura implementarse en la determinación de estudios tanatológicos, causa y mecanismo de muerte, en casos que no pudieran ser detectados con la operación de autopsia, o como herramienta complementaria, también, por pedido de los familiares de la víctima o sus representantes.

De allí la importancia de los diferentes actores en el proceso. Puede ser requerido por la fiscalía esta singular técnica pericial o también por los representantes legales de la familia de la o las víctimas, en su rol de particular damnificado, lo que permite promover la acción penal y medidas investigativas a todas las partes, un rol activo dentro del expediente, sea en la etapa de instrucción o de ampliación de prueba en un debate oral, por ejemplo.

En cada caso puntual, deberá siempre decidir el juez de garantía o el tribunal actuante en torno a la posibilidad de prescindir o no de la mentada autopsia tradicional. 

La Procuración General de la Corte bonaerense puntualizó tres tópicos que hacen referencia a los casos recomendados para los funcionarios del Ministerio Público bonaerense para establecer la utilización de la virtopsia, y de realización de biopsias de invasión mínima.

El primer ítem es la “determinación de causales de muerte, cuando resulte consecuencia de causas naturales”. Deberán estar comprobadas e ilustrada mediante la técnica de virtopsia, siendo presupuestos contar con información fehaciente y la historia clínica en supuestos de internaciones previas y/o ingresos a nosocomios públicos o privados.

El segundo tópico que contempla el documento son los “homicidios culposos”, es decir, cuando la causal de muerte es consecuencia directa de incumplimientos o violaciones a las normas de tránsito, siempre que la determinación del mecanismo lesivo o causa de muerte fueran debidamente comprobados e ilustrados mediante la técnica de virtopsia y se cuente con el dictamen pericial del área criminalística, mecánica y/o cualquier otra especialidad pericial que el agente fiscal valore de interés.

Y, en tercer término, cualquier otra muerte cuya sospecha de criminalidad pueda ser debidamente descartada en base a un examen de rigor médico científico y cuando la causal de muerte pueda ser comprobada e ilustrada a través del método complementario de la virtopsia, dejando a salvo el criterio fiscal.

Con esas recomendaciones, la Procuración dio a conocer su resolución por la que implementa la virtopsia como un método pericial forense de avanzada teniendo en cuenta creencias, valores, religiones y posiciones culturales, muchas de ellas de carácter histórico. 

 

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