
El Concejo Deliberante de La Plata tratará hoy el Código de Ordenamiento Urbano Territorial

Luego de varias negociaciones entre el oficialismo y la oposición, pasadas las nueve de la noche del jueves último la Comisión de Planeamiento del Concejo logró sacar el despacho del proyecto definitivo, que fue revisado por todos los concejales, y se espera que sea aprobado por unanimidad.
La iniciativa, cuya primera versión había recibido algunas críticas de los integrantes del Consejo de Ordenamiento Urbano Territorial (COUT), divide el Partido de La Plata en Área Urbana y Área Complementaria:
- Área Urbana: es la zona donde la edificación está más permitida y regulada.
Incluye el casco fundacional, el primer ensanche, los centros de City Bell, Villa Elisa, Los Hornos, Tolosa, San Carlos, entre otras localidades y los corredores principales (Avenidas 7, 13, 44, 520, Camino General Belgrano, Camino Centenario)
En tanto, no se permitirán edificios altos en Gorina, San Carlos profundo, Villa Elvira residencial, Ángel Etcheverry urbano y Los Hornos.
- Área Complementaria: corresponde al borde de la mancha urbana, donde la expansión será muy limitada. Está pensado como una zona de transición, donde deben preservarse espacios abiertos, baja densidad y actividades compatibles.
En esta última área estarán permitidas las actividades industriales de 1° y 2° categoría, corredores de servicios logísticos, viviendas de baja intensidad (parcelas grandes), clubes de campo y barrios cerrados aprobados previamente y “Lotes con Servicios” sólo si el sector forma parte de la macroárea urbana, y estará prohibido abrir nuevas calles que formen manzanas urbanas, desarrollar barrios cerrados nuevos (salvo excepciones patrimoniales), construir edificios multifamiliares y densificar sin planificación previa.
Finalmente, el Código define una restricción absoluta en el Complejo de Humedales Maldonado-El Pescado, que afecta especialmente a sectores de Villa Garibaldi, Arana, Parque Sicardi, Poblet e Ignacio Correas. La restricción se inscribirá en el Registro de la Propiedad y será obligatoria.
A su vez, el Código de Ordenamiento habilitará proyectos de “Lotes con Servicios” únicamente dentro de sectores urbanos y bajo un régimen muy estricto: vivienda única, unifamiliar y permanente, visado municipal completo, cesiones obligatorias para espacios verdes, equipamiento y servicios y escritura por Escribanía General de Gobierno (organismo dependiente de la administración provincial).


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